NORMAS SOBRE BEBIDAS ALCOHOLICAS.

  
Este es un ejercicio de rellenar huecos. Vd. debe introducir sus respuestas en los huecos, después tiene que pulsar sobre el botón "Comprobar" para ver cuales son correctas, y obtendrá una puntuación.
ARTICULO 22. Pruebas de detección alcohólica mediante el aire espirado.
Las para la detección de la posible intoxicación por consistirán normalmente en la verificación del espirado mediante oficialmente autorizados que determinarán de forma cuantitativa el grado de impregnación alcohólica y se practicarán por los agentes encargados de la del tráfico.
A petición del o por orden de la Autoridad judicial se podrán las pruebas a efectos de contraste, pudiendo consistir en análisis de , orina u otros análogos.
Cuando las personas obligadas sufrieran , dolencias o enfermedades cuya gravedad impida la práctica de las pruebas, el personal del Centro Médico al que fueren evacuados decidirá las que se hayan de realizar.