BLOQUEO DE PASOS A NIVEL Y PUENTES LEVADIZOS.

  
Este es un ejercicio de rellenar huecos. Vd. debe introducir sus respuestas en los huecos, después tiene que pulsar sobre el botón "Comprobar" para ver cuales son correctas, y obtendrá una puntuación.
ARTICULO 97. Detención de un vehículo en paso a nivel o puente levadizo.
Cuando por razones de fuerza mayor quede un vehículo en un a o se produzca la de su carga dentro del mismo, el conductor estará obligado a adoptar las medidas adecuadas para el desalojo de los del vehículo y para dejar el paso expedito en el tiempo posible. Si no lo consiguiere, adoptará inmediatamente todas las medidas a su alcance para que, tanto los de los vehículos que circulen por raíles como los conductores del resto de los vehículos que se aproximen, sean de la existencia del con la suficiente antelación.
Las normas contenidas en el apartado anterior serán aplicables, si concurren las mismas circunstancias, cuando la detención del vehículo o la caída de su carga tenga lugar en un .