ARTICULO 9. Del transporte de personas.
El número de personas transportadas en un
50
autobuses
autorizadas
escolar
excesiva
inmovilización
máximo
menores
placas
vehículo
no podrá ser superior al de plazas
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autobuses
autorizadas
escolar
excesiva
inmovilización
máximo
menores
placas
vehículo
para el mismo que, en los de servicio público y en los autobuses, deberá estar señalado en
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autobuses
autorizadas
escolar
excesiva
inmovilización
máximo
menores
placas
vehículo
colocadas en su interior, sin que, en ningún caso, pueda sobrepasarse, entre viajeros y equipaje, el peso
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autobuses
autorizadas
escolar
excesiva
inmovilización
máximo
menores
placas
vehículo
autorizado para el vehículo.
2. A efectos de cómputo del número de personas transportadas en los vehículos autorizados para transporte
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autobuses
autorizadas
escolar
excesiva
inmovilización
máximo
menores
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vehículo
y de
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autobuses
autorizadas
escolar
excesiva
inmovilización
máximo
menores
placas
vehículo
, se estará a lo establecido en la normativa específica sobre la materia.
3. Las infracciones a este precepto en cuanto impliquen una ocupación
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autobuses
autorizadas
escolar
excesiva
inmovilización
máximo
menores
placas
vehículo
del vehículo que suponga aumentar en un
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autorizadas
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excesiva
inmovilización
máximo
menores
placas
vehículo
por ciento el número de plazas autorizadas, excluida la del conductor, con excepción de los
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autobuses
autorizadas
escolar
excesiva
inmovilización
máximo
menores
placas
vehículo
de líneas urbanas e interurbanas, tendrán la consideración de muy graves, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 65.5. e) del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, y se procederá a la
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autobuses
autorizadas
escolar
excesiva
inmovilización
máximo
menores
placas
vehículo
del vehículo por los agentes de la autoridad, que lo mantendrán inmovilizado mientras subsista la causa de la infracción.