P E A T O N E S.
Este es un ejercicio de rellenar huecos. Vd. debe introducir sus respuestas en los huecos, después tiene que pulsar sobre el botón "Comprobar" para ver cuales son correctas, y obtendrá una puntuación.
ARTICULO 121. Circulación por zonas peatonales. Excepciones.
Los
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
están obligados a transitar por la zona peatonal, salvo cuando ésta no exista o no sea practicable, en cuyo caso podrán hacerlo por el
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
o, en su defecto, por la
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
, de acuerdo con las normas que se determinan en el presente Capítulo.
Sin embargo, aun cuando haya zona peatonal, siempre que adopte las debidas precauciones, podrá circular por el arcén o, si éste no existe o no es transitable, por la calzada:
a) El que lleve algún objeto voluminoso o empuje o arrastre un
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
de reducidas dimensiones que no sea de
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
, si su circulación por la zona peatonal o por el arcén pudiera constituir un estorbo considerable para los demás peatones.
b) Todo grupo de
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
dirigido por una persona o que forme cortejo.
c) El impedido que transite en
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
de ruedas con o sin motor, a velocidad del
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
humano.
Todo peatón debe circular por la acera de la
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
con relación al sentido de su marcha y cuando circule por la acera o paseo
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
debe ceder siempre el paso a los que lleven su
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
y no debe detenerse de forma que impida el paso por la acera a los demás, a no ser que resulte inevitable para cruzar por un paso de peatones o subir a un vehículo.
Los que utilicen monopatines,
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
o aparatos similares no podrán circular por la
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
por otros vehículos.
La circulación de toda clase de vehículos en ningún caso deberá efectuarse por las
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
y demás zonas
aceras
arcén
arrastrados
calzada
derecha
izquierdo
mano
motor
paso
patines
peatonales
peatones
silla
vehículo
.
Comprobar.
BIEN
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